El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero (BOE 31 de enero de 2024), en el punto tres de su disposición final segunda, ha modificado el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación posibilitando que tanto las entidades de pago como las entidades de dinero electrónico puedan acceder a la condición de colaboradoras en la gestión recaudatoria estatal e, incluso, a una eventual prestación del servicio de caja en las Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y en las aduanas, que hasta ahora estaba reservada a las entidades de crédito (Bancos, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito).